Si la policía te encuentra en posesión de drogas y armas de fuego, tu vida está a punto de complicarse mucho más. La combinación de armas y drogas puede resultar en penas severas, y te debes a ti mismo y a tu familia hablar con un abogado penalista experimentado en Indiana lo antes posible.
Este blog tiene como objetivo arrojar luz sobre las implicaciones legales de enfrentar cargos relacionados con drogas y armas de fuego en Indiana. Ofreceremos información sobre cómo se manejan estas circunstancias según la ley y brindaremos orientación básica para aquellos que puedan encontrarse en una situación desafiante.
Entendiendo la Ley
El Código de Indiana expone explícitamente las consecuencias para una persona arrestada con una sustancia controlada. Sin embargo, introducir un arma de fuego en la ecuación puede empeorar sustancialmente las cosas.
Por ejemplo, si tienes menos de cinco gramos contigo, la posesión de metanfetamina se acusa como un delito grave de Nivel 6, que conlleva una pena máxima de dos años y medio de prisión y una multa de $10,000. Sin embargo, si se aplica una circunstancia agravante, puedes ser acusado de un delito grave de Nivel 5, que conlleva una pena máxima de seis años de prisión y una multa de $10,000.
Circunstancias Agravantes
El Estado puede aumentar la severidad de los cargos criminales en función de varias circunstancias agravantes, una de las cuales es que la persona cometió el delito mientras estaba en posesión de un arma de fuego. Para fines de acusación, no importa si tenías permitido legalmente poseer el arma. Otras circunstancias agravantes incluyen:
- Tener una condena previa por tráfico de una sustancia controlada (que no sea marihuana, hachís, aceite de hachís o salvia divinorum);
- Cometer el delito en o cerca de una propiedad escolar o un parque público;
- Entregar o financiar la entrega de drogas a una persona menor de 18 años y al menos tres años menor que tú;
- Fabricar o financiar la fabricación de drogas; y
- Cometer el delito en presencia física de un niño menor de 18 años, sabiendo que el niño estaba presente y podría escuchar el delito.
El Estado de Indiana considera todas estas cosas como factores agravantes que exigen penas más estrictas.
Otro ejemplo: El tráfico de cocaína o una droga narcótica comienza como un delito grave de Nivel 5, incluso si te atrapan con menos de un gramo de la droga en tu posesión. Sin embargo, si tienes un arma de fuego contigo, esto salta a un delito grave de Nivel 4, que conlleva una pena máxima de 12 años de prisión y una multa de $10,000.
Posesión Real y Constructiva
El concepto de posesión en el contexto de la ley de Indiana abarca tanto la posesión real como la posesión constructiva. La posesión real es exactamente lo que parece: control físico directo sobre un objeto, como llevar una bolsa de sustancias ilegales o un arma de fuego.
La posesión constructiva, por otro lado, es más matizada y se aplica en situaciones donde una persona tiene la intención y la capacidad de mantener el control sobre un objeto, incluso si no está físicamente en su persona.
Considera el siguiente escenario: Usas una chaqueta prestada para ir a casa de un amigo. Sin que lo sepas, la chaqueta contiene una bolsita con una pequeña cantidad de cocaína. El amigo que estás visitando posee armas de fuego.
Si la policía ejecuta una orden de registro mientras estás allí, es probable que encuentren tanto drogas como un arma en la misma habitación. Así es como las cosas pueden escalar constructivamente.
No Demores, Ponte en Contacto Hoy
Enfrentar cargos por posesión de drogas y armas de fuego en Indiana es un asunto serio que exige asesoría legal profesional. El bufete de abogados Marc Lopez defiende a personas en estas situaciones todos los días. Nuestro equipo entiende las complejidades del sistema legal de Indiana y está comprometido a lograr el mejor resultado posible para tu caso.
Si tú o alguien que conoces está enfrentando cargos relacionados con armas y drogas en Indiana, es importante buscar la asistencia de un abogado penalista experimentado en Indiana lo antes posible.
No te limites a esperar lo mejor. Llámanos al 317-456-7942 y recuerda: ¡siempre invoca la Quinta Enmienda!