La defensa propia en Indiana es una estrategia defensiva poderosa y única que puede cambiar el rumbo en muchos casos penales. ¿Cómo funciona? La defensa propia tiene cuatro elementos o requisitos. Si se cumplen estos requisitos, puede marcar la diferencia en un acusado: regresar a su hogar con su familia o pasar décadas en prisión.
Primer Elemento: Debes Actuar Sin Culpa
Básicamente, esto significa que no debes comenzar la pelea o crear una situación violenta. No puedes empujar a otra persona y luego alegar defensa propia si la pelea se intensifica. Para demostrar este elemento, no puedes ser el agresor o provocador de una pelea.
Segundo Elemento: Debes Estar en un Lugar en el que Tienes Derecho a Estar
La jurisprudencia sobre este elemento de la defensa propia es clara. Por ejemplo, si estás haciendo allanamiento de morada y un guardia de seguridad o el propietario te derriba, no puedes defenderte y luego alegar defensa propia. ¿Por qué? Porque no tenías derecho a estar ahí en primer lugar.
Lo mismo ocurre si entras a lo que crees que es una casa vacía y el propietario te sorprende y sale a atacarte. No puedes alegar defensa propia si el incidente ocurrió en un sitio en el que no tenías permiso para estar.
Tercer Elemento: Miedo Razonable
Para tener una buena reclamación de defensa propia, la persona debe haber tenido un miedo razonable a la lesión corporal en ese momento. Este elemento tiene dos subcomponentes: miedo objetivamente razonable y miedo subjetivamente razonable.
Razonable desde un punto de vista objetivo: ¿Una persona razonable en tu situación habría temido una lesión corporal en ese momento?
- Buen ejemplo: Derribas a alguien que te está atacando con una palanca.
- Mal ejemplo: Derribas a un payaso porque tienes miedo a los payasos.
Razonable desde un punto de vista subjetivo: ¿Estabas realmente en un miedo razonable y real de sufrir una lesión corporal en ese momento?
- Buen ejemplo: Tienes una constitución pequeña y derribas a un hombre de 6’4” y 300 libras que se está preparando para darte un puñetazo.
- Mal ejemplo: Eres un cinturón negro de karate de 6’4” y 300 libras y le das una patada a un adolescente por abofetearte.
Como puedes ver, el miedo razonable depende mucho de los hechos. Depende en gran medida de la situación y de la persona que reclama la defensa propia.
El “oculto” Cuarto Elemento: No Excederse
Este elemento es no oficial y ha evolucionado a través de la jurisprudencia en los últimos años. Si alguien entra a tu casa y le disparas por temor a tu vida, la ley te protege. Si luego agarras tu machete y comienzas a cortar al ladrón en pedazos, la ley no te protegerá.
La defensa propia debe ser proporcional a la amenaza percibida. ¿Un ladrón al que ya le disparaste? Probablemente, no sea una amenaza. ¿Alguien huyendo de una pelea? Seguramente, no sea una amenaza. Como regla general, si estás golpeando a alguien por la espalda, será difícil que demuestres la defensa propia.
Unirlo Todo
Un buen abogado sabe cómo se superponen estos elementos y cómo demostrarlos. Cuando se lleva a cabo correctamente, puede ser una estrategia defensiva extremadamente poderosa. Es casi como una fórmula matemática:
no ser agresor + estar en un lugar donde se tiene permiso para estar + miedo razonable + fuerza razonable = un caso sólido de defensa propia
¡Esta fórmula también funciona si estás defendiendo a otra persona! Si los primeros tres de estos elementos están presentes, puedes intervenir para defender a otra persona con fuerza razonable, confiando en que la ley está de tu lado.
Toma la Decisión Correcta
Si tienes alguna pregunta sobre la defensa propia, llámanos al 317-456-7942 y recuerda—¡siempre invoca la Quinta Enmienda!