317-456-7942

P: ¿Puedes ser acusado de posesión de una droga narcótica incluso si no la tienes encima?

R: Sí.

En Indiana, si posees algo, significa que lo tienes en tu propiedad o que ejerces control sobre ello. Hay dos tipos de posesión: posesión real y posesión constructiva. La posesión real es cuando tienes conscientemente un control físico directo sobre algo. Por ejemplo, si tienes una bolsa de marihuana en la mano o en uno de tus bolsillos, eso sería posesión real. Los fiscales adoran los casos como estos.

La posesión constructiva es más compleja. Si no tienes posesión real de algo, el Estado aún puede argumentar que lo poseías de manera constructiva. Si tienes conocimiento tanto de la capacidad como de la intención de ejercer control sobre algo en un momento dado, se puede argumentar que estás en posesión constructiva de ello.

Este es una prueba de dos pasos; ni la capacidad sin intención ni la intención sin capacidad son suficientes. En otras palabras, si hubiera sido posible para ti ejercer control sobre algo, pero nunca tuviste la intención de hacerlo, eso no sería posesión constructiva.

Del mismo modo, si tenías la intención de ejercer control sobre algo, pero no tenías ninguna forma posible de hacerlo, eso tampoco sería posesión constructiva. La posesión constructiva requiere ambas cosas: 1) que seas capaz de ejercer control sobre la cosa en cuestión; y 2) que fuera tu intención ejercer control sobre la cosa en cuestión.

En el estado de Indiana, tu intención puede inferirse a partir de cualquiera de los siguientes tipos de pruebas circunstanciales:

  • declaraciones incriminatorias que hayas hecho a otros
  • intentar huir de la escena o hacer gestos obviamente sospechosos
  • indicios contextuales que sugieran la fabricación de drogas
  • la distancia física real entre tú y la mercancía ilegal
  • si la mercancía ilegal estaba a la vista
  • si la mercancía ilegal se ha mezclado con tus pertenencias personales

Dependiendo de la cantidad de mercancía ilegal en cuestión, podrías enfrentar una seria condena de prisión basada únicamente en una teoría de posesión constructiva. El Estado debe demostrar más allá de una duda razonable que estabas en posesión de la mercancía ilegal. Es muy importante recordar que tu mera presencia en la escena de un crimen no establece la posesión.

Cuando tengas dudas, invoca la Quinta Enmienda y ejerce tu derecho a permanecer en silencio. Si te acusan de posesión constructiva, necesitas contratar a un abogado de defensa penal experimentado que esté familiarizado con los matices de cómo se procesan los casos de posesión.

Si tú o un ser querido enfrentan cargos criminales, te debes a ti mismo consultar con el Bufete de Abogados Marc Lopez. Llámanos al 317-456-7942, y recuerda: ¡siempre invoca la Quinta Enmienda!